Modelo básico de comunicación con la Administración, cualquier ciudadano interesado la puede utilizar como medio de solicitud, reclamación, denuncia o como sustituto de algún impreso
La capacidad de obrar y si se actúa por terceros, acreditar la representación.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A) En el caso de que el solicitante sea PERSONA FÍSICA, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA. “Cómo hacer un trámite con certificado digital”
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.