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Urbanismo 2.1.02 - Licencia de Demolición

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Urbanismo 2.1.02 - Licencia de Demolición

QUÉ ES

Licencia urbanística preceptiva para efectuar la demolición de una edificación.

DOCUMENTACIÓN

  1. Proyecto técnico visado suscrito por técnico competente que incluya Estudio de Seguridad y Salud.
  2. Acreditación de direcciones técnicas y coordinación de seguridad y salud.
  3. Memoria Ambiental. El contenido de la memoria será el especificado en la Ley 1/95 de Protección del Medio Ambiente en la Región de Murcia.
  4. Justificante de la liquidación de los tributos y demás ingresos de derecho público o privado que correspondan.
    Pulse aquí para autoliquidación del ICIO
    Pulse aquí para autoliquidación de TASA
  5. Último recibo IBI
  6. Fotografía en color 10x15
  7. Hoja estadística de edificación y vivienda
  8. Acreditación legitimidad.
  9. Edificios catalogados: Si las obras de demolición afectan a un edificio catalogado o se encuentran en entorno BIC se requerirá tramitación previa prevista en la Ley 16/85 del Patrimonio Histórico Español.

PAGO ICIO: Las autoliquidaciones tiene carácter provisional y tras haberse finalizado la construcción, instalación u obra el Ayuntamiento podrá modificar la misma, según el art.8 de la Ordenanza. Al guardar silencio la norma específica sobre la materia será de aplicación la Ley 39/2015 según la cual el silencio será positivo (art. 24 Ley 39/2015).

Debe preparar toda la documentación para adjuntarla en el momento del registro. IMPRESOS, JUSTIFICANTES DE PAGO TASA E ICIO, PROYECTO, PLANOS, ...

NORMATIVA

  • LEGISLACIÓN
    • Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.
    •  Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
    •  Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
    •  Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.
    •  Código Técnico de la Edificación.
    •  Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
    •  Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
    •  Ley 4/2009, de 14 de mayo, de protección ambiental integrada.
    •  Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia.
    •  Plan General de Ordenación Urbana de Cartagena.
    •  Plan Especial de Ordenación y Protección del Casco Histórico (PEOPCH).
    • AL LLEVAR UNA TASA:
    •  Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y sus Reglamentos de desarrollo.
    •  Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos (supletoria). Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
    •  Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
    •  Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Cartagena.
    •  Ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derecho público del ayuntamiento de Cartagena.
  • PLAZO: Para resolver: un mes (licencia básica); 3 meses (licencia urbanística). Art. 268 Ley 13/2015.
    • PAGO TASA: En el momento de presentación de la documentación.
  • SENTIDO DEL SILENCIO: Negativo conforme a lo dispuesto en la legislación estatal (art. 268 Ley 13/2015).
  • PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA: Sí (Según el art.21 de la Ley 7/1985 le corresponde al Alcalde y en su defecto al Pleno o a la JGL otorgar licencias y según el art. 42 del REGLAMENTO ORGÁNICO DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA las resoluciones de estos ponen fin a la vía administrativa.)
  • DIR3: LA0006621.

MODO DE PRESENTACIÓN

A) En el caso de que el solicitante sea PERSONA FÍSICA, tiene la opción de:

  • Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia general, registrar y firmar. Video de ayuda “Cómo hacer un trámite con certificado electrónico”
  • Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:
    • PRESENCIAL:
      • Puede DESCARGAR IMPRESO para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA.
      • Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento Cartagena, provisto de su Documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro. Video de ayuda “Cómo hacer un trámite con correo electrónico”

B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.  “Cómo hacer un trámite con certificado electrónico”

CITA PREVIA PARA FIRMA DE INSTANCIAS SIN CERTIFICADO ELECTRÓNICO (SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS)

Si no firma la instancia en el momento de registro electrónico con su certificado de firma electrónica DEBERÁ PERSONARSE PREVIA CITA en:

RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.

 

PREPARE TODA LA DOCUMENTACIÓN que deba adjuntar ANTES DE PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA - P3001600J
C/ San Miguel, 8
Previa cita en: 968128818 (Edificio Administrativo)
968128848 (OMITAS)
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