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Patrimonio - Consentimiento para la cesión gratuita en cumplimiento de condicionante urbanístico.

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Patrimonio - Consentimiento para la cesión gratuita en cumplimiento de condicionante urbanístico.

QUÉ ES

Documento suscrito por un interesado en el que manifiesta su consentimiento de cesión gratuita de un terreno a la Administración municipal en cumplimiento del condicionante urbanístico establecido en la Resolución de Urbanismo de conformidad con el art. 98. c) de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

  1. Impreso de Consentimiento de Cesión urbanística firmado por todos los propietarios registrales del terreno a ceder.
    La falta de consentimiento por alguno de los interesados imposibilitara la aceptación de la cesión por parte del Ayuntamiento, lo que se trasladará al Departamento de Licencias Urbanísticas, a los efectos que procedan.
  2. DNI de los titulares registrales.
  3. Escritura que acredite la titularidad de la finca donde ha de segregarse el terreno objeto de cesión.
  4. Nota simple actualizada del Registro de la Propiedad.
    En caso de que exista hipoteca sobre dicha propiedad, debe aportarse certificado emitido por la entidad bancaria de que dicha hipoteca no afecta a la parte cedida y debe cederse “libre de cargas, gravámenes y arrendamientos”.
  5. Resolución de Urbanísimo.
  6. Plano georreferenciado y acotado donde se refleje la superficie y linderos del terreno a ceder.
  7. Informe de Validación Gráfica frente al Parcelario Catastral, donde se refleje tanto la parte a ceder como las porciones de las referencias catastrales afectadas, a los efectos de obtener IVGA de carácter positivo, para la oportuna inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente, de conformidad con lo establecido en el art. 10.3 de la Ley Hipotecaria. (Suscrito por técnico competente y correspondiendo la representación gráfica con la descripción literaria aportada).

normativa

  • LEGISLACIÓN:
    • Ley 13/2015 de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.
    • Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria.
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • DIR3: LA0005810.

MODO DE PRESENTACIÓN

A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:

  • Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia general, registrar y firmar. Video de ayuda “Cómo hacer un trámite con certificado electrónico”
  • Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:
    • PRESENCIAL:
      • Puede DESCARGAR IMPRESO para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA.
      • Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento Cartagena, provisto de su Documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro. Video de ayuda “Cómo hacer un trámite con correo electrónico”

B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.  “Cómo hacer un trámite con certificado electrónico”

CITA PREVIA PARA FIRMA DE INSTANCIAS SIN CERTIFICADO DIGITAL (SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS)

RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.

 

PREPARE TODA LA DOCUMENTACIÓN que deba adjuntar ANTES DE PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA - P3001600J
C/ San Miguel, 8
Previa cita en: 968128818 (Edificio Administrativo)
968128848 (OMITAS)
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