El presente trámite consiste en la solicitud, por parte del propietario, del número de policía o identificación de vivienda o construcción, sita en vía urbana, en diseminado o de edificaciones en zonas de nueva urbanización en los siguientes supuestos:
El servicio de Estadística municipal, una vez comprobada la documentación aportada por el interesado, emitirá resolución por la que se asignará el nº de policía cuando no hubiera terceros interesados que pudieran quedar afectados en la resolución, en cuyo caso, se dictará la misma previo trámite de audiencia a los mismos de conformidad con los artículos 82 y ss de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A) En el caso de que el solicitante sea PERSONA FÍSICA, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA. “Cómo hacer un trámite con certificado digital”
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.