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Servicios Sociales - Servicio de Conciliación Laboral, Personal y Familiar, para familias con menores dependientes a su cargo.

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Servicios Sociales - Servicio de Conciliación Laboral, Personal y Familiar, para familias con menores dependientes a su cargo.

QUÉ ES

Desde la Concejalía de Política Social, Igualdad y Familia del Ayuntamiento de Cartagena y cofinanciado por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, y por el Fondo Social Europeo Plus 2021-2027, se desarrolla el servicio de conciliación de la vida laboral, personal y familiar dirigido a familias con personas con discapacidad en edad escolar, a través de las Escuelas en periodos vacacionales, dirigidas a menores con matrícula en los Centros de Educación Infantil y Primaria del municipio o que figuren en el padrón municipal de habitantes. 

Las Escuelas para jóvenes con discapacidad tienen por objeto la protección y apoyo a las familias e infancia, garantizar la conciliación de la vida familiar y laboral de las familias, la promoción y la participación activa de familias en todos los ámbitos de la vida social, económica, política y cultural.

 

Puede consultar toda la información sobre las actividades y servicios enmarcados dentro de las Escuelas para jóvenes con discapacidad en el siguiente enlace. (Deslizar la página web hacia abajo hasta encontrar la información sobre la Escuela)
 

ESCUELAS PARA JÓVENES CON DISCAPACIDAD

 

requisitos (En su caso y según la normativa de aplicación, deba contemplar el interesado)

  • Familias con menores dependientes a su cargo, de 0 a 21 años.
  • Los progenitores/tutores deben estar trabajando o recibiendo formación para el empleo.
  • Los menores deben estar matriculados en los Centros de Educación y Primaria del municipio de Cartagena o que figuren inscritos en el padrón municipal de habitantes.

ESCUELAS PARA JÓVENES CON DISCAPACIDAD

 

documentación  presentar

Documentación que debe aportar el interesado según la normativa y artículos 13 OAE y 28 Ley 39/2015:

        DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA:

  • Copia del DNI/NIE o fotocopia del pasaporte de ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales, cuando los haya. 
  • Copia del DNI/NIE o fotocopia del pasaporte de niño/a participante. 
  • Copia del Libro de Familia con todos los miembros. 
  • Certificado de Valoración del Grado y Tipo de Discapacidad y/o Certificado de Dependencia o documento válido. 
  • Certificado de empresa de estar trabajando o Certificado de estar recibiendo formación para el empleo, ambos progenitores/tutores. 

    OTRA DOCUMENTACIÓN PARA VALORACIÓN: 
     
  • Documentación acreditativa de otras personas dependientes de la unidad familiar de la persona solicitante. 
  • Ser Familias monoparentales o monomarentales - Mediante Libro de familia o cualquier otro documento que lo permita acreditar. -
  • Titulo de Familia Numerosa o llibro de familia con los miembros de la misma. 
  • Acreditación de nivel de renta que no supere el IPREM. – Última declaración IRPF -Si recibe algún tipo de percepción, ayuda y/o pensión pública o privada, fotocopia del impreso que acredite la cuantía que percibe y el número de pagas. - Si no recibe ningún tipo de percepción, ayuda y/o pensión presentar declaración jurada.
  • Acreditación judicial o administrativa de Víctima de Violencia de género y otras formas de violencia sobre la mujer.
  • Certificado del CEE Primitiva López, alumno/a. 
  • En los casos que no estén empadronados en el municipio de Cartagena, documento que acredite la matricula en edad escolar en un Centro Escolar en Cartagena.
    • En caso de presentar la solicitud presencialmente o no disponer de firma electrónica, deberá aportar el anexo de solicitud correspondiente de la actividad que se desea solicitar, debidamente cumplimentado y firmado por ambos progenitores/as, tutoras/es, o representantes legales y acompañarlo de la documentación obligatoria que se indica.
       

ESCUELAS PARA JÓVENES CON DISCAPACIDAD

 

NORMATIVA

  • LEGISLACIÓN:
    •  Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. 
    • Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia. 
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 
    • Decreto n.º 318/2024, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones a ayuntamientos de la Región de Murcia para la prestación de servicios de conciliación de la vida laboral, personal y familiar, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus 2021-2027
  • PLAZO: Según las Bases de la Convocatoria.
  • SENTIDO DEL SILENCIO: Positivo (art 24 Ley 39/2015).
  • PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA: No (art. 114 Ley 39/2015).
  • DIR3: LA0006617

 

MODO DE PRESENTACIÓN

  • ON-LINE: Prepare la documentación solicitada, y pulse en NUEVA INSTANCIA para cumplimentar, registrar y firmar su solicitud. No olvide que debe estar firmada por ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales, para ello introduzca los datos de ambos en el paso 1 del asistente (incluir 2 interesados/as en la instancia). “Cómo hacer un trámite con certificado electrónico”

    Puede identificarse mediante:
    • CERTIFICADO DIGITAL. 
      • Registre la solicitud y aporte toda la documentación solicitada.
      • En el paso correspondiente del asistente podrá firmar seleccionando el certificado correspondiente de cada progenitor/a. Si no tuviera certificado podrá firmar PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Cartagena.
    • CORREO ELECTRÓNICO Y FIRMA PRESENCIAL 
      • Registre la solicitud y aporte toda la documentación solicitada.
      • Una vez registrado el trámite deben personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento Cartagena, provistos de su documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmar de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma por ambos progenitores en las oficinas de Registro.
         
  • PRESENCIAL: Cumplimentar el  correspondiente anexo de solicitud de la actividad que se desea solicitar, debidamente cumplimentado y firmado por ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales, junto con la documentación solicitada y presentarla en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA.

ESCUELAS PARA JÓVENES CON DISCAPACIDAD

 

CITA PREVIA PARA FIRMA DE INSTANCIAS SIN CERTIFICADO DIGITAL (SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS)

RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.

Si manifiesta expresamente su oposición a que la Administración actuante pueda consultar o recabar datos y documentos de cualquier Administración, deberá aportar con la solicitud la documentación acreditativa correspondiente (art. 28.2 Ley 39/2015).

PREPARE TODA LA DOCUMENTACIÓN que deba adjuntar ANTES DE PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

RECUERDE INTRODUCIR LOS DATOS DE 2 INTERESADOS/AS (ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales) AL PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

RECUERDE CUMPLIMIENTAR UNA INSTANCIA POR NIÑO/A Y ACTIVIDAD

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA - P3001600J
C/ San Miguel, 8
Previa cita en: 968128818 (Edificio Administrativo)
968128848 (OMITAS)
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