Son ayudas de pago único por nacimiento o por adopción de hijos e hijas en el municipio de Cartagena en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026 (ambos días incluidos). La concesión de estas ayudas tiene por objeto fomentar la natalidad mediante el apoyo económico a los progenitores, adoptantes o acogedores preadoptivos del municipio de Cartagena, con la finalidad de paliar en parte, el esfuerzo económico que supone a las familias los gastos iniciales que se producen tras el nacimiento y/o adopción o acogimiento de un hijo/a.
Podrán solicitar la "Ayuda a la Maternidad" los progenitores, adoptantes o guardadores preadoptivos (o progenitor, adoptantes o acogedor en caso de familia monoparental) de niños o niñas, nacidos o en su caso, adoptados o acogidos, durante el año 2026 (periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y 31 de diciembre de 2026, ambos días incluidos), que cumplan con los requisitos siguientes:
El procedimiento de concesión de las ayudas se iniciará desde el día siguiente a la fecha de publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. El plazo de solicitud de las ayudas será como máximo dentro del mes siguiente, desde el nacimiento, adopción o acogimiento con fines adoptivos del menor. En caso de nacimientos, adopciones o acogimientos preadoptivos, acaecidos con anterioridad a la publicación de estas bases, dentro del mes siguiente de la publicación de las mismas. El incumplimiento del plazo de la solicitud, determinará automáticamente, la exclusión de la convocatoria.
Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la región de Murcia, teniendo en cuenta las siguientes particularidades:
A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA. “Cómo hacer un trámite con certificado digital”
Podrá presentar su instancia en:
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.