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Igualdad - Plan Corresponsables

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Igualdad - Plan Corresponsables

QUÉ ES

Desde Igualdad del Ayuntamiento de Cartagena y financiado con cargo a los fondos recibidos de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres del Ministerio de Igualdad, se pone en marcha el programa Plan Corresponsables, una iniciativa cuyo objetivo principal es prestar un servicio de atención y cuidado profesional de calidad a los menores durante periodos no lectivos o vacacionales, favoreciendo la corresponsabilidad de las familias desde un enfoque de igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

Puede consultar toda la información sobre las actividades y servicios enmarcados dentro del Plan Corresponsables en el siguiente enlace.
 

PLAN CORRESPONSABLES

 

documentación OBLIGATORIA a  presentar

  • Copia del DNI/NIE o pasaporte si no dispusiera de lo anterior, de ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales.
  • Copia del Libro de Familia, Certificado de Nacimiento expedido por el Registro Civil o resolución judicial/ administrativa.
  • Copia de la última declaración de la Renta (datos fiscales ejercicio anterior).
  • En los siguientes casos se requerirá Informe médico:
    • Medicación habitual por enfermedades crónicas.
    • Alergias.
    • Intolerancias alimentarias.
    • Cualquier dato médico relevante.
  • En caso de presentar la solicitud presencialmente o no disponer de firma electrónica, deberá aportar el anexo de solicitud correspondiente de la actividad que se desea solicitar, debidamente cumplimentado y firmado por ambos progenitores/as, tutoras/es, o representantes legales y acompañarlo de la documentación obligatoria que se indica. Puede localizar el anexo en la página de Plan Corresponsables de la Concejalía de Igualdad del Ayuntamiento de Cartagena.
     

PLAN CORRESPONSABLES

 

NORMATIVA

  • LEGISLACIÓN:
    •  Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
    • Decreto 56/2022, de 19 de mayo, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones destinadas a los Ayuntamientos de la Región de Murcia para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables, al amparo del acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad de 24 de febrero de 2022 por el que se fijan los criterios de distribución a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y de Melilla, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2022 al desarrollo del Plan Corresponsables.
  • PLAZO: 3 meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico, al no tener uno específico contemplado en la Ley (art. 21.3.b) Ley 39/2015).
  • SENTIDO DEL SILENCIO: Positivo (art 24 Ley 39/2015).
  • PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA: No (art. 114 Ley 39/2015).
  • DIR3: LA0022755.

 

MODO DE PRESENTACIÓN

  • ON-LINE: Prepare la documentación solicitada, y pulse en NUEVA INSTANCIA para cumplimentar, registrar y firmar su solicitud. No olvide que debe estar firmada por ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales, para ello introduzca los datos de ambos en el paso 1 del asistente (incluir 2 interesados/as en la instancia). “Cómo hacer un trámite con certificado electrónico”

    Puede identificarse mediante:
    • CERTIFICADO DIGITAL. 
      • Registre la solicitud y aporte toda la documentación solicitada.
      • En el paso correspondiente del asistente podrá firmar seleccionando el certificado correspondiente de cada progenitor/a. Si no tuviera certificado podrá firmar PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Cartagena.
    • CORREO ELECTRÓNICO Y FIRMA PRESENCIAL 
      • Registre la solicitud y aporte toda la documentación solicitada.
      • Una vez registrado el trámite deben personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento Cartagena, provistos de su documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmar de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma por ambos progenitores en las oficinas de Registro.
         
  • PRESENCIAL: Cumplimentar el  correspondiente anexo de solicitud de la actividad que se desea solicitar, debidamente cumplimentado y firmado por ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales, junto con la documentación solicitada y presentarla en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA.

PLAN CORRESPONSABLES

 

CITA PREVIA PARA FIRMA DE INSTANCIAS SIN CERTIFICADO DIGITAL (SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS)

RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.

 

PREPARE TODA LA DOCUMENTACIÓN que deba adjuntar ANTES DE PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

RECUERDE INTRODUCIR LOS DATOS DE 2 INTERESADOS/AS (ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales) AL PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA - P3001600J
C/ San Miguel, 8
Previa cita en: 968128818 (Edificio Administrativo)
968128848 (OMITAS)
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