Permite reservas de espacio para estacionamiento según la Ordenanza Municipal de Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial de Excmo. Ayuntamiento de Cartagena.
Los indicados en el artículo 122 y siguientes de la Ordenanza Municipal de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena.
PODRÁN SOLICITARSE:
3 meses.
A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA. “Cómo hacer un trámite con certificado electrónico”
Podrá presentar su instancia en:
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.