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Servicios Sociales - Solicitud de Servicios de ayuda a domicilio, comida a domicilio, teleasistencia y respiro familiar

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Servicios Sociales - Solicitud de Servicios de ayuda a domicilio, comida a domicilio, teleasistencia y respiro familiar

DESCRIPCIÓN

  1. Servicio de atención domiciliaria: tiene por objeto proporcionar atención personal y/o domésticas en el domicilio a las personas con dificultades para realizar las actividades normales de la vida diaria.
  2. Servicio de comida a domicilio: consiste en el suministro de la comida principal del día en el domicilio, garantizando una dieta saludable y alimentación adecuada a las necesidades de la persona mayor o personas con discapacidad, facilitando la permanencia en su entorno habitual.
  3. Servicio de teleasistencia: servicio que mantiene al usuario en contacto permanente con una central de alarma, día y noche , 24 horas, los 365 días de año, con solo pulsar el botón de un Terminal, que ha de llevarse encima mientras se está en el domicilio. Se atenderá a la persona ante cualquier emergencia social o sanitaria que pudiera surgirle.
  4. Servicio de fin de semana: servicio de Ayuda a Domicilio prestado en sábado y domingos.
  5. Servicio de respiro familiar en domicilios: Ofrece un soporte a aquellas familias, que se encuentran sobrecargadas por la atención continuada a una persona y/o personas en situación de dependencia. Su finalidad en aliviar la sobrecarga física, psíquica y emocional.

DOCUMENTación

1.- Específica

  • Solicitud para completar los datos - Cumplimentar impreso online  - Descargar impreso
  • Informe de autonomía personal expedido por su médico de cabecera en el que consten enfermedades y medicación. Puede acompañar otros certificados médicos recientes de Hospitales, Especialistas, etc. Es obligatorio cumplimentar este anexo.
  • Informe de autonomía en caso de solicitar Servicio de Respiro Familiar.
  • MODELO DE OPOSICIÓN A LA CONSULTA DE DATOS (en caso de no autorización por miembros de la unidad familiar mayores de edad y dependientes económicamente del solicitante).
  • Fotocopia del D.N.I. en vigor del/la solicitante y en su caso de otros miembros adultos de la unidad de convivencia (esposo/a, hijos, nietos, etc.).
  • Para ciudadanos comunitarios: fotocopia del Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea, y pasaporte o documento de identidad en vigor de su país de origen de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Para ciudadanos no comunitarios: fotocopia de todas las hojas del pasaporte en vigor del solicitante. En el caso de que éste se haya expedido durante el año anterior a la solicitud, también deberá aportar copia del pasaporte en vigor.
  • Informe de autonomía personal expedido por su médico de cabecera en el que consten enfermedades y medicación (según modelo autonomía personal o respiro familiar según corresponda). Puede acompañar otros certificados médicos recientes de Hospitales, Especialistas, etc.
  • Justificante de haber iniciado el trámite de la valoración de grado de dependencia. En el supuesto de personas con discapacidad o dependencia reconocida, Certificado de la Condición Legal de discapacidad o Resolución del grado de dependencia y/o derecho a las prestaciones del Sistema Murciano de Atención a la Dependencia, tanto del/de la solicitante como del resto de miembros de la Unidad de Convivencia que aleguen esa situación.
  • Copia de los dos últimos recibos de alquiler y contrato o dos recibos del préstamo hipotecario (en su caso).
  • Pensionistas de organismos extranjeros, certificado acreditativo.
  • Calificación de grado de discapacidad del solicitante o miembro de la Unidad Familiar que se pudiera encontrar en esa situación en caso de haber sido reconocido en una comunidad autónoma distinta a la de la Región de Murcia.
  • En caso de existencia de representante legal de una persona con discapacidad copia de la sentencia judicial. En caso de representación voluntaria copia del poder notarial en su caso, o de apoderamiento apud acta.

2.- En el supuesto de realizar actividad laboral (de aquellos miembros de la unidad familiar en esta situación)

  • Acreditación de los ingresos que perciban los adultos de la unidad familiar (contrato de trabajo, nóminas, certificado de empresa, declaración del IVA correspondiente al último trimestre, en caso de trabajadores autónomos o declaración de ingresos, en caso de realizar actividad laboral no reglada).

3.- En el supuesto de no realizar actividad laboral (de aquellos miembros de la unidad familiar en esta situación)

  • Documento que acredite la inscripción como demandante de empleo con intermediación.(SEF. Avda de Murcia).
  • Certificado de obtener o no prestación o subsidio por desempleo. (SEF. Avda de Murcia).
  • Copia o certificado de ingresos en caso de encontrarse algunos de los miembros en situación de incapacidad temporal. http://www.sefcarm.es

4.- De todos los adultos de la unidad familiar que NO AUTORICEN a que se realicen consultas a la Agencia estatal de la Administración Tributaria, y a otros ficheros públicos para cuantos datos sean necesarios

  • Informe de vida laboral (TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Presencial:C/Ángel Bruna 20-22. Telf.: 968525115 o solicitud on-line a través de: sede.seg-soc.gob.es)
  • Informe de pensiones y prestaciones económicas. (901-502050 - INSS C/Caridad. On-line a través de: sede.seg-soc.gob.es).
  • IBI.
  • Fotocopia y original de la última Declaración del IRPF o Certificado negativo, en caso de no realizarla (HACIENDA C/ Campos).
  • Documento que acredite la inscripción como demandante de empleo.
  • Calificación del grado de discapacidad/dependencia del solicitante o miembro de la unidad familiar que se pudiera encontrar en esa situación.

5.- En el supuesto de separación o divorcio:

  • Fotocopia de la sentencia de separación o divorcio, o justificante de haber iniciado los trámites.
  • Acreditación de haber iniciado la reclamación judicial en caso de impago de la pensión compensatoria.

para cualquier consulta al respecto puede llamar al número de teléfono 968 12 88 04, dirigirse a las dependencias de la “Unidad de Mayores” sitas en el edificio “La Milagrosa” 1ª planta, en la calle Sor Francisca Armendáriz s/n, de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas o en el correo sad.ssociales@ayto-cartagena.es.

LEGISLACIÓN APLICABLE

  • Decreto 124/2002, de 11 de octubre de 2002, por el que se regula la prestación de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • Condiciones de funcionamiento de la prestación social de Ayuda a Domicilio (BORM 04-03-2002).
  • Ley 30/2006, de 14 de diciembre, de Promoción a la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

SENTIDO DEL SILENCIO

Desestimatorio.

PLAZO

PLAZO PARA RESOLVER 6 MESES.

PLAZO PARA INTERPONER LA RECLAMACIÓN. 

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma se podrá interponer RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de UN MES, o bien directamente, RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cartagena, en el plazo de DOS MESES, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la recepción de su notificación o publicación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se estime procedente. 

SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL ACTO IMPUGNADO

  1. La interposición de cualquier recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado.
  2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el órgano a quien competa resolver el recurso, previa ponderación, suficientemente razonada, entre el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el ocasionado al recurrente como consecuencia de la eficacia inmediata del acto recurrido, podrá suspender, de oficio o a solicitud del recurrente, la ejecución del acto impugnado cuando concurran alguna de las siguientes circunstancias:
    1. Que la ejecución pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación.
    2. Que la impugnación se fundamente en alguna de las causas de nulidad de pleno derecho previstas en el artículo 47.1 de esta Ley.

INSTRUCCIONES PARA LA REPRESENTACIÓN DEL SOLICITANTE

  • Si el solicitante es persona sometida a tutela representativa deberá firmar la solicitud quien sea curador representativo, en cuyo caso habrá que aportar la sentencia acreditativa de la curatela.
  • El solicitante siempre podrá otorgar representación voluntaria para todos los actos derivados de la solicitud de Servicio de Ayuda a Domicilio (u otros trámites de administración Local o Regional) a quien considere oportuno haciéndolo constar ante notario o mediante otorgamiento de apoderamiento apud acta que puede realizar de manera presencial a través de comparecencia del solicitante y persona a quien otorga apoderamiento con su DNI en cualquier ventanilla única de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (Cartagena: Oficina Única de Asistencia en Materia de Registro, Edif. Foro C/Campos, 4 Edif. Foro. CITA PREVIA en el teléfono 968.36.20.00 o en el enlace abajo indicado https://sede.carm.es/oficinascarm). O por comparecencia electrónica a través de plataforma Apodera.
  • Si el solicitante por necesitar medida de apoyo, actúa mediante Guardador de Hecho, el que actúe como tal deberá firmar la solicitud indicando su nombre apellidos y número de D.N.I., debiendo comunicar en el Juzgado esta circunstancia a la mayor brevedad. En estos casos si en el expediente no constan los informes que pongan de manifiesto la existencia de esta pérdida de la capacidad para obrar del solicitante, se deberá de acompañar un informe médico en el que conste la enfermedad o circunstancia que impida, limite o anule la capacidad del mismo.

MODO DE PRESENTACIÓN

A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:

  • Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia general, registrar y firmar. Video de ayuda “Cómo hacer un trámite con certificado digital”
  • Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:
    • PRESENCIAL:
      • Puede pulsar en el enlace correspondiente según el trámite que quiera realizar y descargar el impreso para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA
      • Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento Cartagena, provisto de su Documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro. Video de ayuda “Cómo hacer un trámite con correo electrónico”

B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.  “Cómo hacer un trámite con certificado digital”

CITA PREVIA PARA FIRMA DE INSTANCIAS SIN CERTIFICADO DIGITAL (SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS)

Podrá presentar su instancia en:

RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.

 

PREPARE TODA LA DOCUMENTACIÓN que deba adjuntar ANTES DE PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA - P3001600J
C/ San Miguel, 8
Previa cita en: 968128818 (Edificio Administrativo)
968128848 (OMITAS)
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