Informe emitido, por servicios sociales municipales, como parte de los documentos necesarios para regularizar la estancia en España de las personas extranjeras por su solicitud de autorización de residencia por: Arraigo socioformativo, o arraigo social con medios económicos propios, incluso cuando se vayan a realizar actividad por cuenta propia.Debe formularse con antelación suficiente a la solicitud de autorización de residencia temporal por razones de arraigo social o socioformativo ante la Oficina de Extranjería de Murcia. En la Región de Murcia, el Informe de Integración Social será emitido por las Entidades Locales, ya que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha delegado esta competencia. El informe es gratuito y lo pueden solicitar personas extranjeras que acrediten la permanencia continuada en España durante un mínimo de dos años. Tienen que estar empadronadas en el municipio de Cartagena en el momento de la solicitud, sin que se exija un período mínimo de empadronamiento en el municipio.El Informe de Integración Social tiene una validez de seis meses desde su fecha de emisión.El plazo máximo para su emisión es de un mes desde la fecha de solicitud.Si no se emite en el plazo de 1 mes, la persona interesada podrá aportar documentación que acredite el contenido del informe. En caso de que el informe se emita fuera de plazo, solo se tendrá en cuenta si es favorable.
A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA. “Cómo hacer un trámite con certificado digital”
Podrá presentar su instancia en:
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.