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Educación - Absentismo Escolar

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Educación - Absentismo Escolar

Podrá utilizar este trámite:

            a)  Los centros educativos:
                             o   para solicitar la intervención de los servicios municipales en casos de absentismo escolar
                             o   para realizar comunicaciones destinadas a la Comisión Municipal de Absentismo Escolar

            b)  Cualquier ciudadano que desee informar al Servicio Municipal de Absentismo Escolar de la existencia de un menor absentista
             c)   Profesionales del ámbito de lo social

A. CENTROS EDUCATIVOS

1. SOLICITAR INTERVENCIÓN EN CASOS DE ABSENTISMO ESCOLAR

           a)  Instancia debidamente cumplimentada (pinchando nueva instancia al final de esta página)

           b)  Solicitud de intervención al Servicio Municipal de Absentismo Escolar

           c)   Anexo I del PRAE: Registro de actuaciones

           d)   Anexo II del PRAE: Expediente de absentismo escolar

           e)  Relación de faltas de asistencia generada por el Plumier.

 

2. REALIZAR COMUNICACIONES DESTINADAS A LA COMISIÓN MUNICIPAL DE ABSENTISMO ESCOLAR

           a. Instancia debidamente cumplimentada (pinchando nueva instancia al final de esta página)

           b. Anexo III del PRAE: Derivación a la comisión Municipal

 

B. CIUDADANOS Y PROFESIONALES

  1. Instancia debidamente cumplimentada (Pulse Nueva Instancia al final de esta página).
  2. Solicitud de intervención profesionales/ciudadanos (debidamente cumplimentada)

NORMATIVA

  • LEGISLACION:
    • Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local 
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • LOMLOE Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.
    • Orden 31 de enero de 2025 de la Consejería de Educación y Formación Profesional por la que se regula el Programa Regional de Prevención e Intervención en Absentismo Escolar y Reducción del Abandono Educativo Temprano en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (PRAE).
  • PLAZO: 6 meses desde que se inicia el protocolo contemplado en la Orden (art.17 de la Orden 31 de enero de 2025).
  • SENTIDO DEL SILENCIO: Positivo (art. 24 Ley 39/2015).
  • PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA: No (art.114 Ley 39/2015).
  • DIR3: LA0022737

MODO DE PRESENTACIÓN

A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:

  • Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia general, registrar y firmar. Video de ayuda “Cómo hacer un trámite con certificado digital”
  • Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:
    • PRESENCIAL:
      • Puede pulsar en el enlace correspondiente según el trámite que quiera realizar y descargar el impreso para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA.
      • Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento Cartagena, provisto de su Documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro. Video de ayuda “Cómo hacer un trámite con correo electrónico”

B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.  “Cómo hacer un trámite con certificado digital”

CITA PREVIA PARA FIRMA DE INSTANCIAS SIN CERTIFICADO DIGITAL (SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS)

RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.

 

PREPARE TODA LA DOCUMENTACIÓN SOLICITADA ANTES DE PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA - P3001600J
C/ San Miguel, 8
Previa cita en: 968128818 (Edificio Administrativo)
968128848 (OMITAS)
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