Espere, por favor...
Espere, por favor...
Sede Electrónica AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA
Sede Electrónica
AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA

Órgano de Gestión Tributaria - Tasas por ocupación de terrenos de uso público local por elementos, vallas, andamios, maquinaria, materiales constr., tasa por acceso de vehículos a calles peatonales

Escudo de AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA
Sede Electrónica > Órgano de Gestión Tributaria - Tasas por ocupación de terrenos de uso público local por elementos, vallas, andamios, maquinaria, materiales constr., tasa por acceso de vehículos a calles peatonales

Órgano de Gestión Tributaria - Tasas por ocupación de terrenos de uso público local por elementos, vallas, andamios, maquinaria, materiales constr., tasa por acceso de vehículos a calles peatonales

DESCRIPCIÓN

Podrá utilizar este trámite para:     

  •  Autoliquidaciones
  •  Solicitudes de devolución de ingresos indebidos
  •  Interponer un recurso, alegaciones u otros motivos

Sobre TASAS POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL POR ELEMENTOS, VALLAS, ANDAMIOS, MAQUINARIA, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN U OTRAS OCUPACIONES Y TASA POR ACCESO DE VEHÍCULOS A CALLES PEATONALES, RESERVAS DE ESPACIO Y DESCARGA DE MERCANCÍAS (MUDANZAS):

  • Vallas
  • Mercancías y materiales de construcción, contenedores, andamios, asnillas, zanjas, catas y grúas,
  • Cortes de calle para realización de obras o instalaciones
  • Utilización de la vía pública con vehículos u otros elementos
  • Acceso a calle peatonal
  • Reserva de espacio
  • Mudanzas

LEGISLACIÓN

  • Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público Local por Elementos, Vallas, Andamios, Maquinaria, Materiales de Construcción u Otras Ocupaciones.
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Entradas de Vehículos a través de las Aceras / Dominio Público, Entrada y Circulación de Vehículos en Calles Peatonales y Reservas de Vía Pública para Aparcamiento exclusivo, Parada de Vehículo, Carga y Descarga de Mercancías de cualquier clase.
  • Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

INSTRUCCIONES EN TODOS LOS CASOS

  • Habrá que hacer referencia al nº de expediente o liquidación.
  • En cada caso, si procede, deberá completar el formulario de datos específicos, guardar el PDF que se genere y aportarlo en el momento de presentar el trámite.
  • Documentación específica según el trámite

 

TRÁMITES Y FORMULARIOS

1. autoliquidaciones

Los sujetos pasivos estarán obligados a practicar autoliquidación por las Tasas, en los impresos habilitados al efecto por la Administración Municipal, y a abonarla previamente a la presentación de la solicitud de prestación del servicio de que se trate:

  1. Autoliquidación de la Tasa de Ocupación de la Vía Pública
  2. Autoliquidación de la Tasa por Entrada de Vehículos en Calles Peatonales, Reservas de Espacio y Descarga de Mercancías

 

2. solicitudes de devolución de ingresos indebidos

Solicitud de devolución de ingresos indebidos de liquidación de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público Local por Elementos, Vallas, Andamios, Maquinaria, Materiales de Construcción u Otras Ocupaciones y Tasa por Acceso de Vehículos a Calles Peatonales, Reservas de Espacio y Descarga de Mercancías (Mudanzas), por duplicidad, error u otras causas.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  1.  Instancia debidamente cumplimentada.
  2.  Identificación de tipo de tasa y autoliquidación / liquidación.
  3.  Documentación justificativa del error alegado.
  4.  Indicación del número de cuenta.

Para rellenar la instancia PULSE AQUÍ

 

3. interponer un recurso, alegaciones u otros motivos

Para interponer un RECURSO, ALEGACIÓN U OTROS MOTIVOS PULSE AQUÍ

 

MODO DE PRESENTACIÓN

A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:

  • Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia general, registrar y firmar. Video de ayuda “Cómo hacer un trámite con certificado digital”
  • Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:
    • PRESENCIAL:
      • Puede pulsar en el enlace correspondiente según el trámite que quiera realizar y descargar el impreso para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA.
      • Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento Cartagena, provisto de su Documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro. Video de ayuda “Cómo hacer un trámite con correo electrónico”

B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.  “Cómo hacer un trámite con certificado digital”

CITA PREVIA PARA FIRMA DE INSTANCIAS SIN CERTIFICADO DIGITAL (SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS)

RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.

 

PREPARE TODA LA DOCUMENTACIÓN que deba adjuntar ANTES DE PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA - P3001600J
C/ San Miguel, 8
Previa cita en: 968128818 (Edificio Administrativo)
968128848 (OMITAS)
Precarga de imagen Precarga de imagen