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Órgano de Gestión Tributaria - Impuesto sobre gastos suntuarios (cotos de caza)

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Órgano de Gestión Tributaria - Impuesto sobre gastos suntuarios (cotos de caza)

DESCRIPCIÓN

Podrá utilizar este trámite para:

  1. Solicitudes de devolución de ingresos indebidos
  2. Interponer un recurso, alegaciones u otros motivos

(Las solicitudes de alta, baja o modificación de datos se tramitan por la Dirección General del Medio Natural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia)

 

normativa

  • LEGISLACIÓN:
    • Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto Municipal sobre Gastos Suntuarios.
    • Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
    • Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
    • Reglamento del Consejo Económico-Administrativo de Cartagena.
  • PLAZO:
    •  Procedimiento de devolución de ingresos indebidos: Para interponerlo: 4 años de prescripción (art.66 LGT). Para resolver: 6 meses (art. 221 LGT y 17 de la Ordenanza).
    • Interponer un recurso, alegaciones u otros motivos:
      • Recurso de reposición: Para interponerlo: un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto recurrible o del siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo (art223 LGT). Para notificar la resolución: un mes contado desde el día siguiente al de presentación del recurso. (art.225LGT).
      • Reclamación económico-administrativo: Para interponerlo: un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado, o desde el día siguiente a aquél en que quede constancia de la realización u omisión de la retención o ingreso a cuenta, de la repercusión motivo de la reclamación o de la sustitución derivada de las relaciones entre el sustituto y el contribuyente (art. 235LGT). Para resolver: 1 año (art.240LGT). Para notificar la resolución: un mes desde que dicha resolución tenga entrada en el registro del órgano competente para su ejecución. No se exigirán intereses de demora desde que la Administración incumpla el plazo de un mes. (art.239 LGT).
  • SENTIDO DEL SILENCIO:
    • Procedimiento de devolución de ingresos indebidos: Negativo (art.221 LGT).
    • Interponer un recurso, alegaciones u otros motivos:
      • Recurso de reposición: Negativo (art.225 LGT).
      • Reclamación económico-administrativo: Negativo. (art. 240 LGT).
  • PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA:
    • Procedimiento de devolución de ingresos indebidos: No (art. 221.6 LGT).
    • Interponer un recurso, alegaciones u otros motivos:
      • Recurso de reposición: No (art.226 y sig LGT).
      • Reclamación económico-administrativo: Sí (artículo 31.5  del Reglamento del Consejo Económico Administrativo de Cartagena)
  • DIR3: LA0006675.

 

instrucciones en todos los casos

  1. Habrá que hacer referencia al nº de expediente o liquidación.
  2. En cada caso, si procede, deberá completar el formulario de datos específicos, guardar el PDF que se genere y aportarlo en el momento de presentar el trámite.
  3. Documentación específica según el trámite.

 

TRÁMITES Y FORMULARIOS

1. solicitudes de devolución de ingresos indebidos

Solicitud de devolución de ingresos indebidos de liquidación del Impuesto municipal sobre Gastos Suntuarios, por duplicidad u otras causas.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

  1. Instancia debidamente cumplimentada. Para rellenar la instancia PULSE AQUÍ
  2. Identificación de la liquidación
  3. Documentación justificativa del error alegado.
  4. Indicación del número de cuenta

 

2. interponer un recurso, alegaciones u otros motivos

Para interponer un recurso, alegaciones u otros motivos PULSE AQUÍ. Descargue, cumplimente el impreso y adjúntelo a la instancia.

 

MODO DE PRESENTACIÓN

A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:

  • Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia general, registrar y firmar. Video de ayuda “Cómo hacer un trámite con certificado digital”
  • Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:
    • PRESENCIAL:
      • Puede pulsar en el enlace correspondiente según el trámite que quiera realizar y descargar el impreso para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA.
      • Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento Cartagena, provisto de su Documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro. Video de ayuda “Cómo hacer un trámite con correo electrónico”

B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.  “Cómo hacer un trámite con certificado digital”

CITA PREVIA PARA FIRMA DE INSTANCIAS SIN CERTIFICADO DIGITAL (SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS)

RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.

 

PREPARE TODA LA DOCUMENTACIÓN que deba adjuntar ANTES DE PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA - P3001600J
C/ San Miguel, 8
Previa cita en: 968128818 (Edificio Administrativo)
968128848 (OMITAS)
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