Algunas actividades, especialmente la realización de trabajos que afectan a la calzada, requieren mantener ocupadas las aceras y/o la calzada. Estas situaciones afectan al tráfico al ser preciso prever pasos habilitados para los peatones, estrechamiento de la superficie destinada a la circulación de vehículos, cierre de un carril, etc.
Esta autorización es para ocupaciones de la vía pública por obras excepto grúas permanentes en obra y obras de infraestructuras (servicio de canalización de aguas, luz, telecomunicaciones, etc.).
IMPORTANTE:
Al finalizar de rellenar la tasa puede pagarla con el TPV o de forma presencial en una entidad bancaria colaboradora. Guarde o escanee el justificante del pago porque debe adjuntarlo al expediente.
A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA. “Cómo hacer un trámite con certificado electrónico”
Podrá presentar su instancia en:
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro mencionadas.